Gobierno peruano ofrece reparaciones individuales como parte de una decisión histórica de las Naciones Unidas sobre el aborto
(COMUNICADO
DE PRENSA) El
Gobierno Peruano ha acordado efectuar el pago de las reparaciones individuales
a favor de K.L. como parte del cumplimiento de la primera decisión de las
Naciones Unidas sobre violaciones a los derechos humanos por restringir el
aborto.
Casi
una década después de que el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas
declarara que la negación del acceso al aborto legal es una vulneración a los
derechos humanos de las mujeres en Perú, finalmente, el gobierno completará el
pago de las reparaciones a K.L., una mujer que fue obligada a continuar un
embarazo de un feto con malformaciones severas que puso en grave peligro su
salud física y mental, lo anterior pese a que en Perú el aborto sea legal en
estos casos.
El
Centro de Derechos Reproductivos junto con DEMUS – Estudio para la Defensa de
los Derechos de la Mujer y el Comité de América Latina y el Caribe para la
Defensa de los Derechos de las Mujeres (CLADEM), llevaron el caso ante el
Comité de Derechos Humanos y trabajaron en la implementación de la decisión.
Esto marca el primer momento en la historia mundial en que un cuerpo de
monitoreo internacional de derechos humanos hace responsable a un Estado por no
proveer el acceso legal y seguro al aborto.
Catalina
Martínez Coral, Directora Regional Encargada para América Latina y el Caribe
del Centro de Derechos Reproductivos afirmó:
“Denegar
el derecho al aborto a una mujer cuando su vida o su salud se encuentran en
peligro es una forma de trato inhumano, cruel y degradante, así como una grave
vulneración a los derechos humanos”.
“A
K.L. le fue denegado el tratamiento médico que era requerido para su protección
en el momento en que ella más lo necesitaba. Su vida fue puesta en peligro
innecesariamente, situación que la llevó a sufrir largas y duraderas
consecuencias negativas en su salud, física y mental”.
“El
Gobierno Peruano ha tomado un paso importante al cumplir con la decisión de las
Naciones Unidas. Sin embargo este trabajo aún no ha terminado. Es el momento de
que Perú implemente guías y continúe trabajando para garantizar el acceso
efectivo a los servicios de salud reproductiva para todas la mujeres y niñas en
el país”.
En
2001, una adolescente de 17 de años, conocida como K.L., tenía catorce semanas
de embarazo cuando médicos en un hospital público en Lima, Perú, le
diagnosticaron una anencefalia en el feto, una deficiencia en la que el feto
carece de la mayoría o totalidad del prosencéfalo. Tras un largo proceso de
deliberación personal, K.L. decidió terminar su embarazo. En Perú el aborto es
permitido para salvaguardar la salud de la mujer, sin embargo debido a que Perú
no cumplió con su obligación de implementar guías y regulaciones claras
respecto a la legalidad del procedimiento, el director del hospital. K.L. le
negó la provisión del servicio. Posteriormente K.L. fue obligada a continuar
con el embarazo y ha amamantar al feto por los cuatro días en que sobrevivió.
El
Centro, DEMUS y CLADEM hicieron él envió de una petición en representación de
K.L. ante el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas en noviembre de
2002, siendo éste el primer caso sobre aborto llevado ante un organismo
internacional de derechos humanos. El Comité declaró al Estado responsable por
la vulneración a los derechos humanos de K.L. y le ordenó el pago de
reparaciones individuales y la implementación de medidas generales de
reparación para garantizar el acceso legal y seguro al aborto. La decisión
reconoce violaciones al derecho a ser libre de todo trato cruel, inhumano y
degradante, a la privacidad y la protección reforzada que recae sobre los
menores de edad.
María
Ysabel Cedano, Directora de DEMUS afirmó:
“Es
un hito histórico que el Estado cumpla con el dictamen del caso K.L. después de
10 años de incidencia y con la implementación de diversas estrategias para este
logro, reconociendo que estos dictámenes son de obligatorio cumplimiento”.
“Esto
es una ratificación al reconocimiento del derecho de las mujeres al aborto
terapéutico, su violación conlleva la obligación estatal de reparar a quien se
le deniegue este derecho”.
Elba
Núñez, Coordinadora Regional de CLADEM afirmó:
“Negar
la provisión del servicio de este tipo de aborto constituye una violación al
derecho a no ser sometida a tratos crueles, inhumanos y degradantes, y al
derecho a un recurso efectivo, por ello copeticionamos este caso”.
“Los
pasos dados por Perú para dar cumplimiento al dictamen, establecen un
precedente clave que debe afianzarse en la reafirmación de la obligación y el
compromiso del Estado en adoptar medidas de no repetición, tales como el
protocolo de atención del aborto terapéutico en 2014, a ello se suma difusión
oficial del dictamen y queda pendiente la implementación del protocolo en todos
los hospitales del país, para evitar que se cometan violaciones semejantes en
el futuro”.
Los
cuerpos de monitoreo de tratados de las Naciones Unidas se han manifestado
reiteradamente sobre la negación del derecho al acceso al aborto legal en Perú.
En el 2011, el Comité para la Eliminación de todas las formas de Discriminación
contra la Mujer (Comité CEDAW) condenó también al Estado por vulnerar los
derechos de L.C., una adolescente a la que le fue denegado el acceso al aborto.
El Comité CEDAW recomendó a Perú reformar sus leyes restrictivas para permitir
el aborto en los casos de violación, así como garantizar el acceso al servicio
en los casos en que la vida de la mujer estuviese en peligro – casos en los que
el aborto ya se encuentra permitido por la ley en el país.
Desde
la decisión del Comité de Derechos Humanos en el 2005, el Gobierno Peruano ha
tomado algunos pasos para implementar esta decisión de Naciones Unidas. Entre
estos, la adopción en de la guía para proveer el acceso seguro al aborto
terapéutico el 2014, lo cual permitiría mayor conocimiento del procedimiento
entre médicos y pacientes en el país.
“Los
desafíos de la implementación del protocolo se evidencian cuando según
el ,Ministerio de Salud sólo se han practicado 16 abortos terapéuticos a
nivel nacional desde la aprobación de la guía. Aún persiste un sub-registro de
la tasa de abortos en el país, y existe la sospecha de una vulneración de
derechos que esperamos que el Ministerio aclare”, agregó Cedano de
DEMUS.
El
17 de noviembre de 2015 el gobierno peruano firmó un acuerdo para completar la
implementación de la decisión y pagar la indemnización a K.L. Además de la
reparación económica, el Estado de Perú publicará la decisión del Comité de
Derechos Humanos en uno de sus periódicos principales, “El Peruano”.
En
el 2012 un estudio de la Organización Mundial de la Salud y el Instituto
Guttmacher comprobó que las leyes que prohíben el aborto no tienen ninguna
relación con menores tasas de registro de aborto. En el 2009, de acuerdo con el
estudio en América Latina, una región donde el aborto se encuentra altamente
restringido en varios paísesse descubrió que la tasa de aborto fue de
32 entre cada 1,000 mujeres en edad gestacional, mientras en Europa occidental,
donde el aborto se encuentra permitido mayoritariamente, la tasa fue de 12
abortos entre cada 1,000 mujeres.