Perú garantiza acceso gratuito a la Anticoncepción Oral de Emergencia
25 de abril de 2023, (Declaración) – El Perú dio un gran paso en la garantía de los derechos fundamentales de las mujeres, niñas y adolescentes en el país con el reciente fallo del Tribunal Constitucional que ordena al Estado garantizar la distribución gratuita de la Anticoncepción Oral de Emergencia (AOE) en todo el país.
En la Sentencia No.197/2023, el Tribunal Constitucional del Perú emitió una orden directa al Ministerio de Salud para garantizar la distribución gratuita de la pastilla anticonceptiva de emergencia en todos los centros de salud oficiales del país. Esta orden también especifica la obligación de las autoridades de brindar información detallada sobre el uso adecuado de la pastilla, y de aclarar que no reemplaza los anticonceptivos de uso diario.
En 2009 la pastilla anticonceptiva de emergencia, también conocida como la “pastilla del día después”, fue prohibida por una sentencia del mismo Tribunal Constitucional. Esta sentencia se basó en una supuesta duda sobre su funcionamiento, a pesar de que en aquel momento la Organización Mundial de la Salud (OMS) y numerosos estudios científicos ya habían ratificado que la AOE no es abortiva, que su función principal es prevenir embarazos y que no tiene efectos sobre un óvulo fecundado. Sin embargo, en 2016, una medida cautelar dictada por el Primer Juzgado Constitucional de Lima suspendió los efectos de esta decisión, autorizando la circulación de la pastilla en ciertas circunstancias.
Con esa decisión, el Estado peruano excluyó el acceso a un medicamento esencial, la AOE, a personas que no contaban con recursos económicos suficientes para adquirirlo, lo que resultó en un grave hecho de discriminación. Las mujeres y niñas víctimas de violencia sexual fueron las más afectadas con la prohibición, tal y como ocurrió el caso de María, una mujer joven víctima de violación sexual en dos oportunidades, incluyendo una violación sexual grupal, durante el período en el que la distribución de la AOE no estaba disponible en centros de salud pública.
A pesar de estos hechos, el Estado peruano se negó a brindarle a María la atención urgente e integral en salud, particularmente en salud reproductiva. Aunque ella acudió a un centro médico, no recibió el protocolo de atención adecuado como víctima de violencia sexual. Además, María fue obligada a relatar reiteradamente los hechos, no se le proporcionó información sobre el riesgo de un posible embarazo, y solo después de 48 horas de haber llegado al hospital le entregaron una receta con el nombre del fármaco, sin explicarle qué era, cuánto costaba, dónde se adquiría o cómo se usaba. María no recibió información adecuada sobre cómo acceder a la AOE, como resultado de la prohibición que estaba vigente para la fecha de los hechos. En 2020, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) admitió su caso.
El de María no es un caso aislado. Según un informe de la CIDH, el 80,4% de las víctimas de violencia sexual en Perú no recibieron ningún tratamiento, incluyendo atención médica, psicológica, psiquiátrica u otro tipo de terapia. A eso se le suma que menos del 1% de los casos de violencia de género contra las mujeres son juzgados y sancionados en el Perú.
La reciente decisión del Tribunal Constitucional de ordenar la disponibilidad gratuita de la AOE y ratificar que no es un medicamento abortivo, representa un avance significativo para la garantía de los derechos fundamentales de las mujeres. Retomando estándares interamericanos e internacionales en la materia, el Tribunal afirmó que “los derechos reproductivos se circunscriben al reconocimiento de las personas, en este caso de la mujer, de decidir libre y responsablemente si desea tener hijos, la oportunidad de la reproducción, con qué frecuencia, cuántos hijos tener, elección de la persona con quien desea tener hijos, o elegir el método anticonceptivo de su preferencia”.
El Tribunal señaló que para que eso sea posible, es imperativo que las mujeres tengan a su alcance información y métodos anticonceptivos suministrados por el Estado para que puedan elegir de forma responsable e informada sobre sus procesos reproductivos. Además, enfatiza que no garantizar que todas las personas accedan a la AOE viola el derecho fundamental de igualdad, “al no equiparar situaciones que objetivamente son desiguales”.
El Centro de Derechos Reproductivos hace un llamado al Estado peruano para que cumpla a cabalidad con la implementación rápida de esta decisión para garantizar que todas las mujeres, niñas y adolescentes tengan acceso a servicios integrales de salud, particularmente aquellas que han sido víctimas de violencia sexual.
Celebramos los éxitos que el movimiento feminista está logrando por la autonomía reproductiva en toda América Latina y el Caribe. En esta ocasión, reconocemos y felicitamos a todas las mujeres en Perú que han trabajado incansablemente a lo largo de los años para lograr este avance histórico, destacando especialmente el trabajo de organizaciones de la sociedad civil, como Promsex, que abanderan la lucha por la justicia reproductiva en el Perú.