La Corte Interamericana de Derechos Humanos deberá decidir sobre la prohibición de la fertilización in-vitro en Costa Rica, la decisión tendrá grandes consecuencias para los derechos reproductivos en América Latina
(Comunicado de prensa) En un caso que afectaría la posibilidad de las mujeres y las familias en América Latina y el Caribe de tomar sus propias
decisiones sobre su salud reproductiva y su futuro, la prohibición de la fertilización in vitro (FIV) en Costa Rica -que ha impedido que cientos
de parejas puedan construir una familia- será considerada esta semana por la Corte Interamericana de Derechos Humanos durante una audiencia
pública de dos días.
La decisión que tome la Corte Interamericana de Derechos Humanos -la más alta Corte de derechos humanos en América Latina y el Caribe-
será de gran trascendencia para el panorama latinoamericano, pues será vinculante para los 25 países que han ratificado la Convención
Americana sobre Derechos Humanos. Una decisión que mantenga vigente la normativa de Costa Rica según la cual la vida comienza en el momento de la
concepción, sentaría un precedente legal devastador para el estatus legal de muchos servicios de salud reproductiva, pues se le daría el
poder a los países para prohibir no sólo la FIV, sino el aborto en todas las circunstancias, y potencialmente muchos métodos de
anticoncepción.
“Está en poder de la Corte consolidar y defender los derechos fundamentales de las mujeres en América Latina y el Caribe, o someterlos a un
retroceso sin precedentes”, dijo Lilian Sepúlveda, Directora del Programa Legal Global del Centro de Derechos Reproductivos. “Le hacemos un llamado a
la Corte para que decida conforme a su misión dejando claro que toda vulneración a los derechos reproductivos, incluyendo la prohibición de
la fertilización in-vitro en Costa Rica, es inadmisible”.
La decisión de la Corte Interamericana de Derechos Humanos se espera para principios del próximo año.
En el 2000 la Corte Constitucional de Costa Rica decidió que la FIV era inconstitucional. Como resultado, 10 parejas costarricenses y una clínica
de fertilidad presentaron una demanda en contra de la prohibición ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en el 2004. El Centro de
Derechos Reproductivos presentó un amicus curiae en el que se afirmó que la prohibición es contraria a la obligación que tiene el
Estado de Costa Rica de proteger y respetar los derechos humanos de las mujeres. El Centro también motivó a expertos y organizaciones nacionales
e internacionales para que presentaran intervenciones adicionales y ha prestado asistencia técnica al caso durante estos años.
“Los Estados tienen la responsabilidad fundamental de asegurar que todas las mujeres y hombres tengan garantizado el derecho a tomar decisiones
autónomas sobre su salud reproductiva y su futuro -y cualquier incumplimiento al respecto constituye una grave amenaza a los derechos humanos”, dijo
Lilian Sepúlveda. “Costa Rica le está fallando a sus ciudadanos al prohibirle a las parejas ejercer su derecho a decidir cuándo y cómo
construir sus propias familias”.
En agosto de 2010, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos adoptó una decisión preliminar según la cual la prohibición de
la FIV viola los derechos humanos básicos de los costarricenses. Como respuesta, el gobierno de Costa Rica redactó una nueva ley que
permitiría el procedimiento, pero con unos requisitos tan onerosos que someterían a las mujeres a enormes cargas económicas, emocionales,
psicológicas y de salud.
Con la ratificación de la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra de la Mujer (CEDAW) de Naciones
Unidas en 1986, Costa Rica acordó poner fin a la discriminación en el acceso de las mujeres a una amplia gama de servicios esenciales de salud,
dentro de los que se incluyen los servicios de planificación familiar y cuidado prenatal. Prohibir servicios tales como tratamientos de fertilidad es
un intento deliberado de negarle a las mujeres la gama completa de servicios de salud reproductiva a los que tienen derecho.
“Los organismos internacionales de derechos humanos han reconocido en repetidas ocasiones que cuando a una mujer se le niegan sus derechos reproductivos
-incluyendo el acceso a servicios de obstetricia, anticoncepción, información sobre salud reproductiva o acceso a servicios de aborto seguro- se
le está negando el derecho a decidir sobre su propia vida, a proteger su salud y a ejercer sus derechos humanos” afirmó Alejandra Cárdenas,
Abogada para América Latina y el Caribe del Centro. “Los gobiernos en América Latina deben dejar de establecer políticas sobre la
personalidad jurídica que atenten contra la salud reproductiva de las mujeres”.
En América Latina las leyes sobre la personalidad jurídica han sido responsables de la prohibición de la anticoncepción de emergencia,
lo cual ha sido reconocido por diferentes organismos nacionales e internacionales de derechos humanos, incluyendo la Comisión Interamericana de
Derechos Humanos, como una violación a la posibilidad de las mujeres de ejercer sus derechos fundamentales. La mitad de las mujeres jóvenes
sexualmente activas en países como El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua han enfrentado obstáculos para acceder a métodos
anticonceptivos modernos. La anticoncepción de emergencia puede ser una herramienta fundamental en la prevención de embarazos no deseados
-especialmente en los países donde los anticonceptivos regulares pueden ser difíciles de obtener.
En países como Chile, El Salvador, Honduras, Nicaragua y República Dominicana, las leyes que regulan la personalidad jurídica también
han sido el fundamento para la prohibición total del aborto, incluso cuando la salud o la vida de la mujer están en riesgo. Un estudio reciente
realizado por la Organización Mundial de la Salud y el Instituto Guttmacher, concluyó que la prohibición legal del aborto no está
asociada con bajas tasas de aborto. De acuerdo con el estudio, para el 2008 la tasa de abortos realizados en América Latina era de 32 por cada 1.000
mujeres en edad reproductiva, mientras que en Europa occidental, donde el aborto es permitido bajo amplias causales, la tasa es de 12 abortos por cada
1.000 mujeres. ,