Los Estados deben cumplir con sus obligaciones para prevenir y erradicar la violencia obstétrica
La violencia obstétrica es una de las formas de violencia de género más naturalizadas en América Latina. Sin embargo, recién en los últimos años se han producido avances para intentar prevenirla y eliminarla.
En 2022, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) definió la violencia obstétrica como “[u]na forma de violencia basada en el género prohibida por los tratados interamericanos de derechos humanos (…) ejercida por los encargados de la atención en salud sobre las personas gestantes, durante el acceso a los servicios de salud que tienen lugar en el embarazo, parto y posparto, que se expresa mayoritaria, aunque no exclusivamente, en un trato deshumanizado, irrespetuoso, abusivo o negligente hacia las mujeres embarazadas; en la denegación de tratamiento e información completa sobre el estado de salud y los tratamientos aplicables; en intervenciones médicas forzadas o coaccionadas, y en la tendencia a patologizar los procesos reproductivos naturales, entre otras manifestaciones amenazantes en el contexto de la atención de la salud durante el embarazo, parto y posparto”¹.
En la sentencia del caso Britez Arce relativo a Argentina, la Corte IDH estableció que los Estados tienen la obligación de prevenir, sancionar y abstenerse de practicar actos violencia obstétrica, así como de velar porque sus agentes actúen en consecuencia. Sin embargo, la histórica invisibilización de las violencias ejercidas durante el embarazo, el parto, el postparto y el aborto ha resultado en el desconocimiento del fenómeno de la violencia obstétrica, dificultando que las sobrevivientes de estos hechos accedan a la justicia, se reconozcan como víctimas y que denuncien, lo que les impide ser debidamente reparadas.
Teniendo en cuenta que uno de los desafíos pendientes en la región reside en la falta del pleno reconocimiento de la violencia obstétrica, las organizaciones Centro de Derechos Reproductivos (GIRE), Católicas por el Derecho a Decidir – Argentina, Miles Chile, Promsex, y el Grupo Médico por el Derecho a Decidir, acudimos ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Lo hicimos en una audiencia enmarcada en su 187 periodo de sesiones, con el objetivo de llamar la atención respecto al lento avance de adopción de medidas, políticas y decisiones para prevenir, sancionar y reparar esta forma de violencia y discriminación contra las mujeres.
La situación de la región expuesta durante la audiencia es preocupante. Por ejemplo, desde 1985, la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha advertido que la tasa ideal de cesáreas debe oscilar entre el 10% y el 15%. Sin embargo, en América Latina se estima que hoy esa tasa supera el 40% y es aún más alta en zonas urbanas.
A eso se suma que en el ámbito de la salud reproductiva se aplican estereotipos negativos de género que facilitan o promueven este tipo de violencias. En Chile, por ejemplo, 65% de las mujeres han vivido violencia obstétrica y 29,9% siente que sus consultas no fueron atendidas de manera apropiada por el personal de salud². En Argentina, el 75% de las denuncias recibidas por el Estado tienen que ver con maltratos durante el parto y al 43% de las gestantes no les permitieron tener acompañantes en el parto, aunque la ley lo permite³. En México, entre tanto, tres de cada diez mujeres han expresado haber sido víctimas de violencia obstétrica⁴.
La situación es todavía más dramática cuando hay factores que intensifican la violencia durante la atención obstétrica y por ello es imperante la incorporación de enfoques interseccionales para la atención del embarazo, parto, postparto y aborto. Durante la audiencia, se puso de manifiesto que las mujeres privadas de la libertad que deben llevar adelante un parto y puerperio a menudo relatan ser víctimas de hechos de violencia obstétrica. En Argentina, el 76% de las mujeres embarazadas privadas de libertad inició trabajo de parto en su pabellón de alojamiento, sin intimidad, desprotegidas y en condiciones sanitarias adversas, además el 54% fueron trasladadas a los centros de salud con alguna medida de sujeción.
En casos de mujeres embarazadas migrantes, con discapacidad, afrodescendientes, campesinas e indígenas, la situación no es muy distinta. Un caso ilustrativo es el de Eulogia Guzmán, una mujer peruana, campesina, quechuahablante que enfrentó violencia obstétrica. A Eulogia se le negó información sobre su salud durante el embarazo, sufrió maltrato y humillaciones durante el parto, y le fueron impuestas intervenciones médicas arbitrarias y forzadas, que terminaron en múltiples afectaciones a su salud y a la de su hijo recién nacido. Este caso ya fue admitido por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y se espera un informe de fondo.
Durante la audiencia realizada el 13 de julio pasado, también se llamó la atención sobre otras formas que tiene la violencia obstétrica, que se refuerza con los estigmas que hay alrededor de otros servicios de salud reproductiva como el aborto, en particular cuando ocurre en niñas y adolescentes. Es usual que en países como Chile, Guatemala, Nicaragua, El Salvador o Perú, la atención sea violenta, lo que se traduce en demoras injustificadas en los procedimientos, divulgación inapropiada de información privada, malos tratos durante la atención, entre otros.
Las organizaciones participantes en la audiencia consideramos de la mayor importancia que la CIDH refuerce su monitoreo en la materia y obtenga información actualizada, contribuyendo así a reiterar las obligaciones de los Estados de garantizar una vida libre de violencia para las mujeres de la región, y en particular, garantizar que las mujeres y personas gestantes de las Américas puedan cursar embarazos, partos, postpartos y abortos seguros y en condiciones de dignidad.
De forma particular, llamamos la atención sobre el abordaje punitivo de la violencia obstétrica, pues consideramos que el punitivismo no soluciona el problema estructural que fomenta la violencia obstétrica, sino que lo transforma en un conflicto interpersonal y distrae o aparta a los Estados de cumplir con sus obligaciones y de resolver, entre otras, las deficiencias en la capacitación, infraestructura y equipamiento de los centros de salud y hospitales.
Las organizaciones que solicitamos esta audiencia consideramos urgente que se concientice sobre la violencia obstétrica, se construyan rutas sanitarias para reportarla y se produzcan datos actualizados, desagregados y públicos al respecto. Sin conocer estadísticas, ni los detalles de las modalidades que adquiere la violencia obstétrica será difícil, por no decir imposible, diseñar políticas eficaces para su erradicación.
A su vez, solicitamos que la CIDH se involucre directamente en la materia, profundice sobre las obligaciones de los Estados para prevenir y tratar la violencia obstétrica y pueda, en el marco de su mandato, incluir este tema en la agenda de sus visitas de país en la región, en su Informe Anual, y que pueda producir un informe temático en la materia.
Además, solicitamos la participación directa de la CIDH en este asunto, para que profundice en las obligaciones de los Estados en la prevención y tratamiento de la violencia obstétrica. Esperamos que, en el marco de su mandato, la Comisión incluya este tema en la agenda de sus visitas a los países, en sus informes anuales e incluso genere un informe temático específico sobre esta problemática.
1 Opinión Consultiva 29 y sentencia del caso Brítez Arce vs. Argentina.
2 Colectiva contra la Violencia Ginecológica y Obstétrica (2023). Segunda encuesta nacional sobre violencia ginecológica y obstétrica en Chile.
3 Informe sobre Violencia obstétrica 2022. Observatorio de violencias basadas en género. Ministerio de la Mujer de Argentina.
4 Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH) 2021.