KL v. Perú (Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas)
Derechos Humanos de la ONU Comité Establece el derecho al aborto como un derecho humano
(Actualizado el 3.18.21) El Centro de Derechos Reproductivos persuadió al Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas (CDH) para que reconociera que las mujeres tienen el derecho humano a acceder a un aborto seguro y legal. En una sentencia que ha sido citada ampliamente como precedente en otras decisiones judiciales a nivel nacional sobre el acceso al aborto, el CDH estableció que negar el acceso al aborto legal viola la protección del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos contra el trato inhumano y degradante, el derecho a la privacidad y la protección especial de los derechos del niño.
Cuando K.L. tenía 17 años, descubrió que estaba embarazada y recibió un diagnóstico de anomalía fetal de anencefalia. Aunque el aborto es legal en Perú por razones terapéuticas, el director del hospital le negó ilegalmente el acceso a un aborto y se vio obligada a llevar el embarazo a término. El bebé sobrevivió cuatro días después de nacer y fue amamantado por K.L. durante ese tiempo.
Su caso, presentado ante el CDH por el Centro en colaboración con el Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujer (CLADEM) y el Centro de Asesoramiento para la Defensa de los Derechos de la Mujer (DEMUS), alegó que el embarazo de K.L. comprometió gravemente su vida al poner en peligro su salud física y psicológica. En la denuncia se afirmaba que la segunda mitad de su embarazo, durante la cual deseaba abortar pero le fue denegado, constituía una clara violación de las normas internacionales de derechos humanos.
El 17 de noviembre de 2005, el CDH estableció que negar el acceso a un aborto legal en ese caso violaba las normas internacionales que prohíben la violencia contra las mujeres. La sentencia estableció el derecho a una protección especial como menor de edad y el derecho a no sufrir tratos crueles, inhumanos y degradantes por parte de los funcionarios del Estado.
A raíz de esta sentencia, Perú mejoró sus políticas legales y administrativas sobre la violencia sexual. El caso marcó la primera vez que un organismo internacional de derechos humanos responsabiliza a un gobierno por no garantizar el acceso a los servicios de aborto legal.
Fecha de presentación: 11/08/02
Demandante(s):K.L.
Abogado(s) del Centro:Luisa Cabal yLilian Sepúlveda
Socios:CLADEM, DEMUS
Dictámenes y órdenes judiciales
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