Ecuador debe acelerar la implementación del fallo de la Corte IDH en el caso Paola Guzmán Albarracín
Agosto 13 de 2021 – Hoy se conmemora por primera vez el Día oficial de lucha contra la violencia sexual en las aulas siguiendo una de las medidas ordenadas a Ecuador en la sentencia del caso Paola Guzmán Albarracín que emitió la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) hace un año.
En este día el Centro de Derechos Reproductivos y CEPAM-Guayaquil urgen al Estado ecuatoriano a acelerar el debido cumplimiento de la sentencia del caso, puesto que de ello depende que niñas, niños y adolescentes en este país puedan beneficiarse de políticas públicas que prevengan la violencia sexual en los ámbitos educativos, además de tratarse de una obligación internacional ineludible.
Hasta el momento el Estado ha cumplido con realizar un Acto público de reconocimiento de responsabilidad en el que le otorgó el título póstumo de bachiller a Paola y, como ya señalamos, hoy conmemora el Día oficial de lucha contra la violencia sexual en las aulas. Se estima que la Corte Interamericana emitirá una resolución próximamente en la que declare el cumplimiento de estas medidas.
A pesar de lo anterior, el Estado ecuatoriano todavía no ha avanzado con varias medidas de no repetición que la Corte IDH también le ordenó comenzar a cumplir dentro del primer año posterior a la publicación de la sentencia. Medidas como las siguientes deben estar implementándose plenamente dentro de los próximos meses:
- Tener estadísticas permanentes y actualizadas sobre situaciones de violencia sexual contra niñas o niños en el ámbito educativo. El Estado ha señalado que hasta el momento ha identificado los retos técnicos para cumplir a cabalidad, por ejemplo, la unificación de datos recopilados por distintas instituciones y la implementación de instrumentos que permitan capturar información al respecto de proyectos y programas sobre el tema.
- Lograr la detección y denuncia de casos de violencia sexual contra niñas o niños. El Estado reportó que es necesaria una coordinación para implementar formularios y campañas que promuevan la detección de estos casos, sin embargo, hay una grave omisión de la educación sexual integral como componente primordial para la prevención de estos hechos de violencia sexual pues, como lo señaló la Corte IDH, solo de esa manera se le pueden brindar herramientas a niñas y niños para detectarla.
- Llevar a cabo la capacitación de personal educacional para abordar y prevenir situaciones de violencia sexual. El Estado señala que se están llevando y llevarán a cabo capacitaciones, sin especificar el contenido, enfoques, y alcance geográfico de estas medidas, tampoco si serán capacitaciones permanentes.
- Proveer orientación, asistencia y atención a las víctimas de violencia sexual y/o a sus familiares. El Estado ha descrito algunas medidas genéricas que se han llevado a cabo sin brindar claridad sobre su eficiencia o efectividad.
El Centro y CEPAM-Guayaquil reconocen que el Estado ha tenido buena disposición para cumplir con las medidas de no repetición. Una muestra de ello ha sido el establecimiento de una mesa interinstitucional liderada por la Secretaría de Derechos Humanos, que cuenta con la participación de varios ministerios y la Fiscalía General del Estado. No obstante, manifestamos nuestra preocupación frente a la falta del enfoque de género en ese espacio ya que ningún organismo con ese énfasis está participando, pues han considerado que se trata de un asunto exclusivamente de niñez.
Además, los acercamientos con organizaciones de la sociedad civil han sido muy limitados y a la fecha el Estado no ha brindado información concreta sobre cómo se van a implementar las acciones y garantías de no repetición ni se han generado espacios que brinden una oportunidad real para la participación de las organizaciones representantes de las víctimas, contrario a lo expresamente ordenado por la Corte.
El 16 de agosto de 2021, a más tardar, Ecuador debe rendir un informe sobre las acciones que ha tomado hasta la fecha avanzar con las medidas pendientes de cumplimiento. Confiamos que en esta oportunidad el Estado no solo pueda brindar mayor información sobre las acciones de cumplimiento que planea tomar, sino que incluya a las organizaciones representantes de las víctimas en el diálogo para construirlas, así como a otras organizaciones de la sociedad civil y a órganos internacionales tales como el MESECVI.
Finalmente, vale recalcar que la sentencia de la Corte IDH no solo contempla estas órdenes específicas para Ecuador, también incluye el reconocimiento de derechos que tienen como eje central la educación sexual integral que aplican en América Latina y el Caribe. Por ese motivo el Centro y CEPAM-Guayaquil instamos a los Estados de esta parte del continente a implementar cuanto antes los estándares de derechos humanos contenidos en el fallo del caso de Paola para que nadie más repita su historia.
Conozca más sobre el caso de Paola: https://reproductiverights.org/corte-interamericana-de-derechos-humanos-condena-a-ecuador-y-garantiza-los-derechos-sexuales-y-reproductivos-de-las-ninas-en-toda-america-latina/
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